diputacion convoca subvenciones de apoyo a la contratación de personas desempleadas para empresas, autónomos/as y profesionales

Se informa que el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del día 7 de octubre publica el extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a empresas, autónomos/as y profesionales de la provincia de Málaga destinadas al apoyo de contratación de personas desempleadas para paliar las consecuencias económicas originadas a raíz de la crisis sanitaria COVID-19,  cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por Decreto de la Presidencia número 2020/2780, de fecha 25 de agosto de 2020.

 

El objeto de la convocatoria es incentivar la contratación laboral mediante la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a empresas, profesionales y autónomos/as de la provincia de Málaga en el marco del Programa de apoyo a la contratación de personas desempleadas para paliar las consecuencias económicas originadas a raíz de la crisis sanitaria COVID-19, todo ello con el fin de facilitar la contratación laboral y de contribuir a la reincorporación al mercado de trabajo de este colectivo, reforzando su empleabilidad y competencias profesionales.

 

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día 8 de octubre y permanecerá abierto hasta agotar el presupuesto disponible y, en todo caso, hasta el 31 de octubre de 2020. 

 

Los requisitos específicos que deben cumplir los beneficiarios y las personas contratadas constan en el artículo 2 de las bases y artículo 4 de la convocatoria. En el caso de los beneficiarios los requisitos a cumplir son que desarrollen su actividad en centro de trabajo sito en Málaga y/o provincia; que no hayan sido condenados por sentencia judicial firme o sancionada por la autoridad laboral competente por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales o por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias en el plazo de los dos años previos a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención; que no hayan sido condenados por sentencia judicial firme por despido improcedente o nulo en el año inmediatamente anterior a la apertura del plazo de presentación de solicitud de la subvención; que estén de alta en seguridad social como empleador/a en el momento de la solicitud y que la persona contratada no sustituya a trabajadores/as que hubiesen estado contratados/as en los tres meses anteriores en la empresa bajo la misma modalidad contractual y para ocupar el mismo puesto de trabajo, salvo que aquellas relaciones laborales se hubiesen extinguido por alcanzar la duración máxima prevista en la legislación laboral aplicable o por la autorización de ERE o despido procedente por causas objetivas motivado por el cierre de actividad a consecuencia del COVID 1.

 

Los requisitos específicos que deben cumplir las personas contratadas son que estén empadronadas en Málaga o algún municipio de la provincia; estar desempleados a la fecha de publicación del RD 9/2020 de 27 de marzo por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19 y continúen desempleados a la fecha de solicitud; que consten inscritos como demandantes de empleo al menos desde el 27 de marzo de 2020 y hasta la fecha de la solicitud y que no tengan relación de parentesco por consaguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive con el empresario autónomo, profesional o quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, así como no constituyan pareja de hecho debidamente inscritas con las personas anteriormente citadas.

 

Los/as solicitantes deberán presentar la solicitud (Anexo I), debidamente cumplimentada y firmada, por la persona solicitante o representante junto con la documentación acreditativa correspondiente, especificada en el artículo 6 de la Convocatoria. [Más información]



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