APROBADA UNA NUEVA PRÓRROGA DE LAS DEDUCCIONES EN EL IRPF POR OBRAS DE MEJORA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN VIVIENDAS
El BOE número 309, del pasado 24 de diciembre de 2025, publica el Real Decreto Ley 16/2025, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social. En su artículo 14, se incluye la modificación de la Disposición adicional quincuagésima de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, por la que se prorrogan las deducciones fiscales en el IRPF por obras de mejora energética en viviendas hasta el 31 de diciembre de 2026 en el caso de viviendas y hasta el 31 de diciembre de 2027 en el caso de edificios:
- Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
- Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras “A” o “B” en vivienda habitual, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
- Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras “A” o “B” en edificios residenciales, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda (base máxima anual de deducción de 5.000 euros, exceso deducible hasta en cuatro ejercicios siguientes).
Cabe recordar que es necesario acreditar mediante certificado de eficiencia energético, previo a las obras y posterior, ambos debidamente registrados en la Junta de Andalucía, dichas mejoras de eficiencia energética.

