EL TSJA RECONOCE LA COMPETENCIA DE LOS AA.TT. PARA DOCUMENTACIÓN DE SAFO 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado, con fecha 22 de septiembre de 2022, Sentencia nº 3841/2022, por la que se desestima el Recurso de Apelación interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga, al que le imponen costas limitadas, y confirma así la sentencia que, en primera instancia, admitió el contencioso iniciado por el COAAT contra el Ayuntamiento de Guaro, reconociendo la competencia del Arquitecto Técnico para redactar documentación técnica para Reconocimiento de  Situación de Asimilado al Régimen de Fuera de Ordenación (AFO).

 

La importancia de esta nueva Sentencia radica en que la Sala cambia de criterio respecto de su Sentencia de Pleno de 29/01/2016, en la que reconoció competencia exclusiva a los Arquitectos en SAFO (en un pleito en el que, recordemos, se discutía la competencia de los Ingenieros Técnicos Industriales sin intervención del COAAT), declarando ahora que, a tenor de la previsiones del Decreto 3/2019 de Medidas Urgentes para la Adecuación Ambiental y Territorial de la edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía, no existe atribución exclusiva de esta labor a los Arquitectos ni a ningún profesional concreto estándose a la naturaleza de la construcción para definir qué técnico, de los agentes participantes en el proceso constructivo, es idóneo para emitir el informe sobre la construcción preexistente.

 

La Sala estima nuestra alegada errónea equiparación entre proyecto de edificación LOE y Certificado para declaración SAFO, refiriendo la Sentencia de la Sala de Granada de 16/09/2019 que con tal fundamento declaró competente al Arquitecto Técnico en SAFO, y reconociendo que es distinta la actividad técnica que se efectúa en expediente de declaración SAFO y en la proyección de construcciones de uso residencial.

 

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