NUEVA NORMATIVA PARA LA CERTIFICACIÓN DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

El 2 de junio de 2021 se publicada en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 390/2021 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, derogando al Real Decreto 235/2013.

 

De la nueva norma, en vigor desde el día siguiente a su publicación en el BOE, caben destacar las siguientes modificaciones:

  • El ámbito de aplicación extiende la obligación de realizar el Certificado de Eficiencia Energética incluyendo “edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones” debiendo cumplir con algunos supuestos. Así también será de aplicación a los edificios de uso Residencial Público destinados a apartamentos turísticos.
  • Será obligatorio igualmente el Certificado de Eficiencia Energética en edificios que tengan que realizar obligatoriamente la Inspección Técnica de Edificios o inspección equivalente.
  • La definición de “Técnico Competente” se ve modificada respecto de la anterior eliminando la mención a la orden ministerial por la que se ampliarían los técnicos competentes en función de sus cualificaciones profesionales. En este Real Decreto se hace, al igual que el anterior, remisión a lo establecido en la LOE añadiendo referencias redundantes como el Real Decreto 1393/2007 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. La disposición final sexta, deja un plazo de dieciocho meses para adecuar la figura del técnico competente a un modelo basado en los conocimientos y las cualificaciones profesionales necesarias para la elaboración de dichos certificados.
  • La obligatoriedad de realizar al menos una visita presencial al inmueble, con una antelación máxima de tres meses antes de la emisión del certificado.

 

Recordamos que en la parte privada de la web en nuestro Centro de Documentación, existe un apartado específico sobre certificación energética de edificios en el que puedes encontrar tanto la normativa de aplicación como otra información de interés: [Centro de Documentación – CEE] [Real Decreto 390/2021]



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