PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POR ALTAS TEMPERATURAS EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN
Ante los episodios de altas temperaturas que se están registrando, se hace imprescindible recordar y aplicar correctamente la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, especialmente en el sector de la construcción, donde una gran parte de las actividades se realizan al aire libre o en espacios que, por su propia naturaleza, no pueden ser cerrados ni climatizados.
En este contexto, el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, supuso una modificación significativa del Real Decreto 486/1997, incorporando en su disposición final primera una serie de refuerzos a la normativa actual, con el objetivo de dar una mejor respuesta a las situaciones derivadas de fenómenos meteorológicos adversos, en particular aquellos relacionados con temperaturas extremas que pueden suponer un riesgo grave para la salud de los trabajadores.
La normativa establece que, siempre que se lleven a cabo trabajos en condiciones ambientales no controladas —ya sea en exteriores o en espacios que no pueden cerrarse por la actividad que se desarrolla—, será obligatorio aplicar medidas adecuadas de protección que respondan a una evaluación específica de riesgos laborales. Esta evaluación debe tener en cuenta tanto los factores meteorológicos previstos como las características de la tarea que se va a realizar, así como las condiciones personales o el estado biológico de cada trabajador, dado que estos factores pueden incidir directamente en su vulnerabilidad frente al calor.
Un punto clave es que, si la AEMET (Agencia Estatal de Meteorología) informa de un aviso de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas anteriores no garantizan la protección de los trabajadores, resulta obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista. Los avisos por altas temperaturas de la AEMET suelen entrar en vigor a partir de las 13:00h, lo que podría implicar evitar cualquier tipo de trabajo en obra a partir de esa hora en caso de alerta naranja o roja, con excepciones para obras de reforma en lugares climatizados o muy bien aislados térmicamente. La AEMET facilita información sobre la predicción y vigilancia de fenómenos meteorológicos adversos con hasta 72 horas de antelación.
Estas actuaciones y pautas de prevención quedaron recogidas en el «Protocolo de actuación en el sector de la construcción ante fenómenos meteorológicos adversos relacionados con las altas temperaturas«, suscrito el 4 de julio de 2023 y aprobado por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), Comisiones Obreras del Hábitat y UGT FICA , siendo de aplicación indefinida en las obras. Se recomienda a las empresas recurrir a sus servicios de prevención para evaluar el riesgo térmico en casos particulares en los que se requiera un método más exhaustivo.
Así mismo, se recuerda que el COAT-Málaga dispone del Aula Permanente de Seguridad y Salud, a la que se pueden derivar cualquier tipo de consultas relacionadas con la seguridad y salud en las obras de construcción.